El texto es un fragmento del Real Decreto de febrero de 1836 por el que se hace pública la venta de los bienes inmuebles pertenecientes a las compañías religiosas recientemente suprimidas (todas, salvo las dedicadas a la educación o las que regentaban hospitales).
En 1836 el país, además de los problemas económicos que arrastra desde finales del s. XVIII, tiene que hacer frente a las guerras carlistas y a la inestabilidad política. La reina regente, a la muerte de Fernando VII, debe apoyarse en los liberales para defender el trono de su hija frente a los absolutistas partidarios de D. Carlos. La construcción de un Estado liberal requiere tomar medidas económicas liberalizadoras, acabando con los vestigios del pasado. En este contexto se entiende el gobierno de Mendizábal, un hombre de negocios progresista, en quien se confía para atajar la deuda del Estado y atraerse a los liberales.
La idea principal, precisamente, es la declaración de venta de las propiedades de las corporaciones religiosas suprimidas. Con esta medida se persigue:
- Destinar el dinero obtenido a pagar la deuda pública
- Transformar la propiedad amortizada en propiedad privada plena
- Con ello, fomentar la producción agrícola y el comercio
- Asegurar en el trono a Isabel II, cuestionada por los carlistas
- Asentar, con la reina, el liberalismo
Finalmente, informa de la forma de pago, aclarando que se acepta tanto dinero en efectivo como títulos de deuda pública.
Las primeras medidas desamortizadoras tuvieron lugar durante el reinado de Carlos IV, cuando Godoy autoriza en 1798 la desamortización de los bienes de la suprimida Compañía de Jesús y de las obras pías (hospicios, casas de misericordia, etc.) para, con el dinero recaudado por su venta, hacer frente al pago de la deuda pública en un contexto de guerras. Se vendió entonces 1/6 de las propiedades de la Iglesia. Las Cortes de Cádiz, en 1813, deciden la nacionalización de los bienes de las Ordenes Militares, los conventos suprimidos durante la Guerra de Independencia y los de los afrancesados. Estas medidas prácticamente no fueron llevadas a cabo, si bien su importancia radica en que sirvieron de precedente a las desamortizaciones liberales, de hecho durante el Trienio Liberal se aplicó el decreto de 1813 (supresión de monacales y desamortización de bienes de propios y baldíos). También se procedió a desvincular los señoríos, que se transformaron en propiedad privada plena, y a suprimir el mayorazgo. La restauración absolutista anuló toda esta obra, con el consiguiente descontento de la burguesía que había comprado estas propiedades.
Con todo, el grueso de la desamortización española fue obra de los progresistas Mendizábal (desamortización eclesiástica) y Madoz (civil) durante el reinado de Isabel II. Los decretos de 1836 y 1837, firmados por Mendizábal suponían la nacionalización de todos los bienes del clero para su posterior venta en subasta pública, una vez divididas las fincas en lotes, admitiéndose como forma de pago las títulos de deuda pública, muy devaluada, tras entregar al contado el 20% del importe total y pudiendo aplazar el resto entre 8 y 16 años. Así, entre 1836 y 1844 se puso a la venta más de un 66% del patrimonio de la Iglesia. Desde esa fecha, con los moderados al frente del gobierno, la desamortización se suspendió. La Ley de Madoz de 1855 afectará a los bienes de propios y comunes de los municipios y se extendió hasta 1924. En este caso sólo se aceptó el pago en efectivo, un 10% al adquirir las propiedades.
Como se lee en el texto de Mendizábal, la desamortización tenía como finalidades recaudar dinero para hacer frente a los gastos del Estado (las guerras carlistas), transformar el régimen jurídico de la propiedad agraria, ayudando al triunfo de la revolución burguesa, y crear una clase de pequeños y medianos propietarios favorables al liberalismo. Se citan otras finalidades como incentivar la libertad de comercio y defender la propiedad privada como base del desarrollo económico.
En cuanto a las consecuencias de la desamortización, en primer lugar modificó el sistema de propiedad de la tierra, liberalizando su compraventa; introdujo, además, cambios en el sistema de cultivo, condicionando de ese modo la evolución de la agricultura española. Así, el policultivo de subsistencia fue sustituido por un monocultivo comercial, cerealista en las mesetas y viticultor en Cataluña. Afectó también a la organización del paisaje al roturase baldíos, dehesas y bosques, con la consiguiente deforestación y perjuicio para la ganadería. Aumentó la producción con las roturaciones, pero no la productividad ya que a penas se modernizó la agricultura, dando lugar pronto a rendimientos decrecientes y precios poco competitivos. Los nuevos propietarios no introdujeron mejoras técnicas por no poder afrontar esta inversión o por no estar interesados al ser absentistas y disponer de abundante mano de obra barata.
No se consiguió paliar el problema de la hacienda pública, en parte debido al sistema de pagos, pues los títulos de la deuda pública se aceptaron por su valor nominal mientras que se encontraban muy devaluados. Tampoco se consiguió crear una clase de pequeños propietarios adictos al liberalismo, puesto que los campesinos no pudieron comprar las tierras y los contratos de arrendamiento impuestos por los nuevos propietarios endurecieron sus condiciones, cuando no expulsaron a estos arrendatarios para explotar directamente las tierras mediante el trabajo de jornaleros. Los municipios perdieron sus ingresos por el arriendo de los bienes de propios y ya no contaban con los terrenos comunales que servían de medio de subsistencia a los campesinos más pobres, que vieron empeorar su vida. Ello explica que el carlismo arraigase entre los pequeños campesinos del norte, mientras que los propietarios más acomodados se unieron al liberalismo, formando una nueva aristocracia terrateniente. No se aprovechó para hacer una reforma agraria, como propuso el diputado Flores Estrada, para quien el Estado debía alquilar la tierra a los pequeños campesinos y destinar esos ingresos al sostenimiento de la deuda pública. Sólo se buscaba beneficiar a la burguesía comercial y financiera, que era el sustento social del nuevo régimen.
De este modo, la estructura de la propiedad a penas se vio modificada por la desamortización, puesto que en cada región se reforzó la preexistente: allí donde existía ya una estructura latifundista aumentó la gran propiedad (Andalucía occidental) mientras que en la España septentrional se mantuvo el predominio de la pequeña y mediana propiedad. Los compradores sólo podían ser quienes tenían recursos (en metálico o en títulos de deuda pública) y, por tanto, campesinos acomodados, terratenientes y burgueses. Aunque las tierras debían dividirse en lotes para su venta, nada impedía a un mismo comprador hacerse con varios. Estos motivos explican que en las zonas latifundistas hubiese muchos absentistas entre los compradores, mientras que en el tercio norte predominaron los propios vecinos.
Finalmente, debe recordarse el expolio del patrimonio artístico y cultural, pues los conventos e iglesias desamortizados, al perder a sus moradores, en la mayor parte de los casos se vinieron abajo; sus enseres, mobiliario y obras de arte, se perdieron o mal vendieron, muchas veces a extranjeros y a una precio irrisorio. Los compradores, en la mayoría de los casos no pudieron o no quisieron mantener este patrimonio.
En conclusión, ni los nuevos propietarios invirtieron en la modernización de la explotación agraria ni se creó una clase de propietarios medios, por lo que no se dieron las circunstancias favorables para que la agricultura sirviera de base a la Revolución Industrial al no existir un mercado interior, debido al escaso poder adquisitivo de la población.
1 comentario:
Muchas gracias por la información, muy útil!
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